A- de 2025
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Banco Agrario De Colombia Sa·Demandado Sociedad Colombiana De Arquitectos Capitulo Maicao Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias contractuales y extracontractuales con entidades públicas del sector financiero, siempre que la actividad corresponda al giro ordinario de sus negocios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 001 Civil del Circuito de San Juan del Cesar (La Guajira) y el Tribunal Administrativo de La Guajira, causado por una demanda instaurada por el Banco Agrario de Colombia S.A., contra la Sociedad Colombiana de Arquitectos Capítulo Maicao–SCA, Capítulo Maicao-Gerencia Integral 179, para que se declare a la demandada civilmente responsable por incumplimiento de las obligaciones derivadas de un contrato celebrado en el marco del Subsidio de Vivienda de Interés Social Rural en el departamento de La Guajira.
Solicita se ordene el pago de perjuicios y otros conceptos referidos en escrito de demanda.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena indica que el Banco Agrario de Colombia S.A., como sociedad de economía mixta del orden nacional, supervisada por la Superintendencia Financiera, tiene dentro de su objeto social la financiación y administración de proyectos de desarrollo rural, incluida la gestión de subsidios de vivienda rural y familiar.
Así, el contrato objeto de litis, se inscribe dentro del giro ordinario de los negocios del banco.
En consecuencia, resulta aplicable lo dispuesto en el Auto 1076/23, que señala que, el conocimiento de las controversias contractuales que involucren a entidades públicas de carácter financiero, vigiladas por la SuperFinanciera, cuya materia se enmarque en las actividades ordinarias del giro financiero, corresponde a la Jurisdicción Ordinaria, especialidad Civil, conforme la excepción prevista en el numeral 1° del artículo 105 del CPACA y, en virtud de los artículos 12 de la Ley 270/96 y 15 del CGP.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre Juzgado 001 Civil del Circuito de San Juan del Cesar (La Guajira) y el Tribunal Administrativo de La Guajira, y DECLARAR que el Juzgado 001 Civil del Circuito de San Juan del Cesar (La Guajira) es la autoridad competente para conocer de la demanda ejecutiva promovida por el Banco Agrario de Colombia S.A., en contra la Sociedad Colombiana de Arquitectos Capítulo Maicao - SCA Capítulo Maicao - Gerencia Integral 179.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-6943 al Juzgado 001 Civil del Circuito de San Juan del Cesar (La Guajira) para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Tribunal Administrativo de La Guajira.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.